
Las adaptaciones van dirigidas a estudiantes con discapacidad auditiva, visual y/o motriz, trastorno mental, de conducta o del espectro del autismo (TEA), entre otros
La resolución refuerza la seguridad jurídica, ya que se establece un calendario único para todas las universidades públicas de la Comunitat y clarifica con precisión dónde se presentan las alegaciones y los recursos
La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo ha aprobado la resolución que actualiza el procedimiento de adaptaciones en la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) para las personas con necesidades específicas de apoyo educativo, así como para las pruebas de acceso de mayores de 25, 40 y 45 años (PAM) del curso 2025-2026.
La norma, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) armoniza el procedimiento estableciendo un calendario único para todas las universidades públicas de la Comunitat Valenciana y clarifica con precisión dónde se presentan las alegaciones y los recursos de alzada, evitando duplicidades y facilitando la planificación de estudiantes, familias y centros.
Pueden solicitar adaptación en las pruebas de acceso a la Universidad aquellas personas que se presentan a las pruebas de acceso desde alguna de las situaciones siguientes: estar cursando estudios de segundo de Bachillerato, disponer de un título de grado superior de Formación Profesional, mayores de 25, 40 y 45 años que se inscriban en las pruebas de acceso específicas, disponer de titulaciones que permiten su participación en las pruebas de acceso en la Universidad y quienes se presenten a las pruebas de acceso a la Universidad por segunda o sucesivas veces.
Las personas que soliciten adaptaciones deberán acreditar debidamente sus necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de alguna de las circunstancias personales siguientes: discapacidad auditiva, visual y/o motriz, trastorno mental, de conducta, trastornos del espectro del autismo (TEA) u otros trastornos del desarrollo neurológico, dificultades específicas de aprendizaje, trastorno por déficit de atención y/o hiperactividad (TDAH), trastornos de la comunicación, el lenguaje y el habla o trastornos asociados a causa orgánica o fisiológica.
En el caso del alumnado escolarizado, las adaptaciones solicitadas han de tener un carácter similar a las implementadas en el centro. Estas adaptaciones tienen que haberse aplicado durante las enseñanzas cursadas en la etapa educativa anterior, excepto que concurran situaciones sobrevenidas debidamente justificadas.
Entre las adaptaciones figuran medidas para garantizar la accesibilidad física y sensorial tanto del centro como del aula, garantizar la accesibilidad cognitiva utilizando medidas de señalización o de organización física de los espacios, explicaciones claras sobre la estructura y las partes de la prueba, utilización de indicaciones para el control del tiempo, destacando claramente el inicio, la duración de las partes, el tiempo restante y el final de la prueba o beber en el aula durante la realización de la prueba.
Calendario
En el caso de la PAU para alumnado de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Superior, el periodo de presentación de solicitudes en los centros educativos se abre el 17 de noviembre de 2025 y finaliza el 5 de diciembre de 2025. Los centros remitirán la documentación completa a la universidad correspondiente hasta el 30 de diciembre de 2025 (cuando proceda, con visado de las Unidades Especializadas de Orientación hasta el 22 de diciembre de 2025). La Subcomisión de apoyo educativo valorará las peticiones entre el 7 de enero y el 20 de febrero de 2026, y las resoluciones se comunicarán del 23 al 27 de febrero de 2026.
Para las pruebas de acceso de mayores de 25, 40 y 45 años, las solicitudes y documentación se presentan directamente en la universidad donde se formalizará la matrícula, dentro del mismo plazo del 17 de noviembre al 5 de diciembre de 2025. Este alineamiento simplifica la gestión y ofrece un marco homogéneo en todo el sistema universitario valenciano.
Uno de los cambios centrales es la clarificación del circuito de alegaciones: el plazo será del 2 al 10 de marzo de 2026, y se presentarán ante la universidad por los canales habilitados en sus servicios de estudiantes, utilizando el modelo normalizado. La Subcomisión de apoyo educativo evaluará las alegaciones entre el11 y el 27 de marzo de 2026, y la comunicación de la resolución se realizará del 30 de marzo al 1 de abril de 2026. Con ello se fija un esquema claro de revisión y respuesta para todas las partes.
Asimismo, se ordena el itinerario de recursos de alzada: podrán interponerse entre el 2 de abril y el 2 de mayo de 2026 y se presentarán a través de la Dirección General de Universidades, para su remisión a la Comisión Gestora, órgano competente para resolver. La tramitación se efectuará mediante la Solicitud General Única telemática de la Generalitat, reforzando la trazabilidad y la transparencia del procedimiento.
El lugar de presentación de solicitudes también queda definido con nitidez. El alumnado escolarizado en la Comunitat Valenciana -así como antiguos alumnos de esos centros- presentará la solicitud en la secretaría del centro educativo. El alumnado escolarizado fuera de la Comunitat y las personas que acceden por la vía de mayores de 25, 40 o 45 años lo harán directamente en la universidad en la que se vayan a examinar. Las universidades canalizan las comunicaciones y, en su caso, las alegaciones; la Subcomisión de apoyo educativo resuelve las adaptaciones; y la Comisión Gestora resuelve los recursos de alzada elevados por la Dirección General.
“La resolución garantiza, desde los principios de calidad, equidad y accesibilidad universal, que ningún estudiante vea limitada su opción de acceso a la universidad por razones ajenas a su mérito y capacidad”, ha subrayado la directora general de Innovación e Inclusión Educativa, Xaro Escrig. Por su parte, el director general de Universidades, José Antonio Pérez Juan, ha destacado “la coordinación operativa entre centros, universidades y UEO, que aporta seguridad jurídica y un calendario claro a las familias y al estudiantado”.
El calendario completo 2025-2026 figura en el Anexo V de la resolución. Para cursos posteriores, será aprobado por la Comisión Gestora y publicado en las webs de Universidades e Inclusión Educativa. La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Más información y documentos de referencia estarán disponibles en el portal de Universidades de la Generalitat.


