
- La convocatoria incluye 50.000 euros en compensaciones complementarias por lucro cesante y 200.000 euros para la compra de animales de reposición
- Las ayudas están dirigidas a explotaciones bovinas, ovinas y caprinas afectadas por la ejecución de programas oficiales de vigilancia, control y erradicación de enfermedades animales
La Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) la convocatoria para 2026 de las ayudas de compensaciones complementarias y de reposición de animales en explotaciones ganaderas de determinadas especies.
Estas ayudas están dirigidas a explotaciones bovinas, ovinas y caprinas que hayan tenido que aplicar medidas derivadas de los programas oficiales de vigilancia, control y erradicación de enfermedades animales.
La convocatoria cuenta con un importe global máximo de 250.000 euros, distribuido en dos líneas. Por un lado, 50.000 euros para compensaciones complementarias por lucro cesante. Por otro, 200.000 euros para la compra de ganado bovino, ovino y caprino destinado a la reposición de animales.
El objetivo de estas ayudas es apoyar a las explotaciones ganaderas en los casos en que la ejecución de programas sanitarios oficiales genera pérdidas económicas o hace necesaria la reposición de animales para recuperar la capacidad productiva.
En el caso de las compensaciones complementarias, las ayudas se destinan a cubrir el lucro cesante derivado de la aplicación de las medidas previstas en los programas oficiales de vigilancia, control y erradicación de enfermedades animales.
Por su parte, las ayudas para la reposición permitirán financiar la compra de animales en explotaciones bovinas, ovinas y caprinas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
Entre estos requisitos, las personas beneficiarias deberán justificar que se han realizado las labores de higiene y desinfección de la explotación afectada mediante la presentación de un certificado veterinario oficial de limpieza y desinfección.
La resolución de los procedimientos se emitirá en el plazo máximo de tres meses desde el inicio del procedimiento de concesión de la ayuda.


