
- El mandato contenido en la Ley no varía el régimen vigente de indemnizaciones aplicado por Renfe hasta ahora en tanto no sea efectiva la modificación del reglamento del Sector Ferroviario.
La recientemente aprobada Ley de Movilidad Sostenible incluye una disposición adicional introducida durante el trámite parlamentario que recoge una nueva política de indemnizaciones a viajeros por el incumplimiento de las normas de calidad del servicio en el transporte ferroviario que aplica únicamente a Renfe pero que, sin embargo, no afecta a sus competidoras.
La Abogacía del Estado ha analizado el mandato de la Ley de Movilidad Sostenible sobre un nuevo régimen de indemnizaciones de Renfe. El informe concluye que la compañía pública no tiene obligación de aplicar la norma a partir del 1 de enero y que, por el contrario, se requiere de un despliegue normativo complementario. Para una eventual implementación de ese modelo, por tanto, se requeriría de la aprobación de un nuevo desarrollo de la norma o de la modificación del actual Reglamento del Sector Ferroviario.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, en este sentido, va a iniciar el procedimiento de modificación del Reglamento del Sector Ferroviario, conforme al citado informe y en cumplimiento del mandato que establece la Ley de Movilidad Sostenible. En tanto se realiza ese trámite administrativo, el sistema de indemnizaciones de Renfe continuará en las mismas condiciones que hasta ahora.


